Autoría Gabinete Jurídico Confederal
Tipo Jurídica
Hace escasas horas se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado mediante Real Decreto-ley 8/2024 de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. En esta normativa se ha añadido, al artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, un nuevo permiso retribuido por motivos meteorológicos adversos o catástrofes climáticas, todo ello sin obligación para las trabajadoras de recuperar los días, es decir, se ha introducido un permiso retribuido no recuperable. Desde CGT defendemos que el disfrute de días de permiso tiene que darse en días de trabajo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Ver caso completo en el PDF adjunto.