La Federación de Artes Gráficas de CGT, junto con el Gabinete Jurídico Confederal, han recurrido la sentencia nº 87/2023 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que se establecía que la corporación de Radio Televisión Española (RTVE) destinaría solo un 2 % de las plazas ofertadas en sus procesos selectivos para las personas con discapacidad.

La Confederación General del Trabajo (CGT) mostró su rechazo a esta medida y formuló en solitario un recurso de casación. Ahora, el Tribunal Supremo ha dado la razón a la organización anarcosindicalista, que reivindicaba el derecho fundamental de igualdad de las personas con discapacidad y el derecho fundamental de acceder en las mismas condiciones al empleo público. Ello se recoge en la sentencia nº 439/2025 de la Sala de lo Social del TS y que el Gabinete Jurídico Confederal ha analizado en su boletín nº 11 sobre actualidad jurídica.