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El Tribunal Supremo determina que no se puede implantar el voto telemático en las elecciones sindicales, ni por acuerdo empresarial ni por convenio colectivo, hasta que no este expresamente establecido por una norma legal
- Actualidad Jurídica Nº 7. Marzo 2025Descargar
Autoría:
Gabinete Jurídico Confederal
Tipo:
La Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 2025 (STS 76/2023 de 5 de febrero) ( rec. 76/2023) ratifica la de la AN de 12 de diciembre de 2022 y declara ilícito el voto telemático en las elecciones sindicales , a resultas de la demanda presentada por CGT junto CCOO y UGT contra el acuerdo de las empresas del grupo Iberdrola y las centrales sindicales mayoritarias, ATYPECC, USO, SIE y ELA, que sí lo contemplaba.
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