Según ha confirmado la Dirección, los centros de trabajo afectados por el Despido Colectivo son todos, por lo que tal como establece el artículo , en la nueva redacción dada por el RD-Ley 11/2013, de 2 de Agosto, la comisión representativa estará formada por un máximo de 13 miembros relativos a la totalidad de centros de trabajo de Tragsatec, dado que no existe Comité Inte
Según ha confirmado la Dirección, los centros de trabajo afectados por el Despido Colectivo son todos, por lo que tal como establece el artículo , en la nueva redacción dada por el RD-Ley 11/2013, de 2 de Agosto, la comisión representativa estará formada por un máximo de 13 miembros relativos a la totalidad de centros de trabajo de Tragsatec, dado que no existe Comité Intercentros.
La propuesta de los sindicatos mayoritarios interpretando el artículo 41.4b) ET consiste en aplicar su representatividad, que echando sus cálculos serían 5 miembros de CCOO, 4 miembros de UGT, 3 miembros de CSIF y 1 miembro de StT, dejando fuera a CGT así como a los demás sindicatos y centros de trabajo sin representación.
La propuesta de CGT interpretando el artículo 41.4b) ET, consiste en tener un miembro de Pleno Derecho por cada sindicato presente en la empresa cuyo voto estaría ponderado proporcionalmente según su representatividad en los centros afectados. En este caso son 10 sindicatos representados en la empresa (CCOO, UGT, CSIF, StT, CGT, USIPA, CIG, USO, SIVEX, INDEP.), por lo que quedarían 3 miembros más que saldrían de los centros de trabajo que no tienen representación sindical, los cuales se elegirían a través de una asamblea de trabajadores.
Se vuelve a repetir la misma situación del año pasado cuando se intentó constituir un órgano de representación estatal y, como no se ha llegado a ningún acuerdo, se ha convocado para el próximo martes 8 de octubre de 2013 una segunda reunión.
¡¡NO AL DESPIDO COLECTIVO EN TRAGSATEC!!
¡¡DEFIENDE TU PUESTO DE TRABAJO Y TUS DERECHOS!!
¡¡POR EL REPARTO DEL TRABAJO Y LA RIQUEZA!!